El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó que Guido Iñigo Peralta no participó como candidato a la alcaldía de Villa María del Triunfo en las elecciones municipales el pasado 7 de octubre, puesto que fue excluido de la contienda electoral al no acreditar que residía en dicho distrito, el cual es un requisito de necesario cumplimiento.
JNE recordó que contra la candidatura Iñigo se interpusieron cuatro recursos de tacha invocando el mencionado motivo, los cuales fueron declarados fundados en su oportunidad por el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Sur II y ratificados, en segunda y definitiva instancia, por el Pleno de JNE.
En esa línea, el JEE Lima Sur II proclamó como alcalde de dicho distrito a Eloy Chávez, por ser el candidato que seguía a Iñigo Peralta en la lista de postulantes, y les expidió las credenciales correspondientes para ejercer como burgomaestre durante el periodo 2019 – 2022.
Ante la medida cautelar de amparo interpuesta por Guido Iñigo contra el JNEbuscando que se le reconozca como alcalde electo, debe tenerse presente que el Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia con carácter vinculante, ha indicado que un recurso de esta naturaleza no puede alterar los resultados de un proceso electoral.
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